Tinta y Teclado: "Inss verificará por videollamada Prueba de Vida de jubilados que están fuera del país"


El 07 de octubre de 2024, el diario La Prensa en su titular publicó "Inss verificará por videollamada Prueba de Vida de jubilados que están fuera del país". Este artículo aborda una reciente medida implementada por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), la que plantea diversas cuestiones jurídicas que merecen un primer análisis desde la perspectiva doctrinal del Derecho.

Del titular de La Prensa, se desprenden tres tres elementos que requieren atención: 1) la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC's) en la gestión del INSS, 2) la referencia específica al mecanismo de ‘Prueba de Vida’, y 3) la confusión recurrente al utilizar el término ‘jubilación’ como sinónimo generalizado de los distintos tipos de pensiones que ofrece el régimen de seguro social en Nicaragua. En esta ocasión, centraremos nuestro análisis exclusivamente en el proceso de ‘Prueba de Vida’, dado que hemos abordado previamente, en varias entradas, la importancia de diferenciar adecuadamente entre pensionados y jubilados, y en nuestra última publicación abordamos el uso de las TIC's por parte del INSS.

Prueba de vida: un mecanismo de control y su implementación a distancia.

La prueba de vida, también denominada en el artículo como ‘Requisito de Comprobación de Supervivencia’, fue implementada por el INSS como un mecanismo alternativo al tramité anual del carné, exigido a los pensionados para garantizar la continuidad en el pago de su pensión. Este procedimiento no solo asegura el desembolso mensual del beneficio económico, sino que permite al seguro social verificar que los beneficiarios siguen cumpliendo con los requisitos ex lege para percibirlos. Estos requisitos incluyen, entre otros, estar con vida (para la pensión de vejez), mantener el grado de incapacidad al trabajo (para las pensiones de invalidez o incapacidad), mantener una vida honrosa (para la pensión de viudez) o continuar aprovechando los estudios (para la pensión de orfandad). La supervivencia, surge, por tanto, como una manifestación de la potestad autoreguladora conferida al INSS por el el artículo 16.f) del Decreto No. 974, que otorga al Presidente Ejecutivo del Instituto (subordinado del Consejo Directivo), la facultad de aprobar o modificar, mediante resoluciones, las normas y procedimientos de trabajo de las distintas dependencias del Instituto; en concordancia con el artículo 4 de dicha norma, que indica que el INSS tiene la atribución de establecer, organizar y administrar los diversos regímenes del Seguro Social y prestar los servicios de beneficio colectivo, en el marco de la Seguridad Social Nacional.

Este requisito, que obliga a los pensionados a presentarse anualmente en las oficinas del INSS para acreditar su supervivencia, plantea serias dificultades para aquellos que residían en el extranjero. Para solventar esta situación, se estableció la posibilidad de cumplir con este requisito a través de los consulados nicaragüenses en el exterior o mediante la intervención de un notario en el extranjero, quienes expedirían una acta notarial de mera recepción de personas, también conocida como acta de existencia o de fe de vida. No obstante, esta opción también conlleva implicaciones significativas, especialmente en países donde el sistema notarial sigue un modelo sajón, cuyas formalidades difieren sustancialmente del sistema notarial latino empleado en Nicaragua, lo que generaba confusión y, en muchos casos, costos adicionales para los pensionados.

En el artículo de La Prensa, se señala que «jubilados que después de pagar los servicios de un notario que elaboraba el documento, acudían a los consulados a sellarlos y luego enviarlo a Nicaragua para cumplir con el requisito de Comprobación de Supervivencia conocido también como Prueba de Vida o Fe de Vida, que cada año los beneficiarios de pensiones deben presentar ante el INSS para seguir recibiendo su cuantía». De esta cita se desprenden varias aclaraciones relevantes: cuando el trámite se realizaba ante un consulado nicaragüense, el pensionado debía enviar el documento a Nicaragua, donde un apoderado lo autenticaba ante las autoridades locales, verificando las firmas contenidas en el acta emitida por el consulado. En caso de optar por acudir ante un Notary Public, los pensionados enfrentaban el reto adicional de autenticar la firma del notario ante las autoridades del país de origen y, además, debían traducir el documento al español para que fuera aceptado por el INSS. Sin embargo, la burocracia asociada a la autenticación de firmas fue superada en gran parte con la entrada en vigor del Convenio de la Haya sobre la Apostilla, que simplificó el reconocimiento de documentos públicos entre los países firmantes.

En la noticia se da a conocer que el INSS ha implementado un cambio significativo en el proceso de comprobación de supervivencia para los pensionados que residen en el extranjero, al permitir la verificación mediante videollamadas a través de plataformas como Zoom y WhatsApp. Esta medida no solo elimina la necesidad de que los pensionados acudan físicamente a un consulado o notario, sino que también agiliza y simplifica un trámite que antes requería procesos burocráticos complejos y costosos. La digitalización del procedimiento permite a los beneficiarios realizar la supervivencia sin incurrir en gastos adicionales, como el pago de notarios o el desplazamiento a los consulados, y asegura que puedan seguir recibiendo sus pensiones sin interrupciones. Este cambio, aunque no exento de desafíos, especialmente en términos de accesibilidad tecnológica para todos los pensionados, constituye un avance en la modernización de la gestión del seguro social, utilizando TIC's para optimizar la prestación de servicios. Con este nuevo enfoque, el INSS responde a las demandas de la población pensionada cada más dispersa geográficamente, adoptando sus mecanismos de control a la realidad de la migración nicaragüense y a las nuevas tecnologías disponibles. De esta manera, el seguro social se encamina hacia una mayor eficiencia y accesibilidad, en consonancia con las necesidades actuales de los pensionados.


Comentarios

Entradas populares de este blog

Tinta y Teclado: breve reflexiones a la noticia "Médicos residentes molestos y en busca de opciones por medidas impuestas por el Minsa" (Actualizado el 02/04/2024)

Tinta y Teclado: "Psicólogos, abogados, cuidadores...La precariedad de las plataformas digitales asalta a cada vez más sectores"

José Arcadio Segundo, la Unidad Sindical de Trabajadores del Magdalena y una lección para comenzar a estudiar Derecho el Trabajo